Nos han llegado dudas sobre la situación de uso y disfrute de las zonas comunes de las comunidades de propietarios en relación al estado de alarma, les hacemos un resumen y no olvidemos que aunque sea una zona privada son de uso colectivo.
Orden SND/370/2020, de 25 de abril: Esta orden tiene por objeto establecer las condiciones en las que los niños y niñas podrán realizar desplazamientos fuera del domicilio durante la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.
FUERA DE LA URBANIZACIÓN:
PODEMOS:
- Podrán salir, fuera de la comunidad de propietarios, los menores de 14 años, acompañados por un adulto, manteniendo la distancia interpersonal de al menos 2 metros.
- El adulto puede ser alguno de los progenitores, un cuidador o una persona mayor que conviva con ellos. En los dos últimos casos deberán llevar una autorización.
- El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas, sin contacto con otros niños.
- Salir a la calle una vez al día, entre las 12:00h y las 19:00h.
- A un máximo de un kilómetro del domicilio y Máximo una hora.
- El paseo se limita a las vías públicas y zonas verdes
- Pueden acompañar a sus padres a cualquiera de las salidas permitidas en el estado de alarma.
NO PODEMOS:
- Mantener contacto con otros niños y mantener < 2 metros entre personas.
- No se puede acceder a espacios recreativos infantiles e instalaciones deportivas
DENTRO DE LA URBANIZACIÓN
Sí se puede hacer
- La circulación por las zonas comunes de tránsito de los menores (hasta 3 niños) y el adulto para acceder a la vía pública con las normas previstas más arriba.
No se puede hacer
- Pasear o permanecer o deambular o circular en las zonas comunes sin la finalidad de salir a la vía pública.
- El uso de parques infantiles o recreativos de la comunidad.
- El uso de cualquier otra zona de recreo (jardín, pista deportiva, gimnasio, piscinas, etc.) que se mantienen clausurados. Por lo tanto, sigue manteniéndose la prohibición del uso de las zonas comunes de las comunidades toda vez que dichas zonas tienen la consideración de espacios privativos de uso colectivo.
- Mantener contacto con otros niños.
- Mantener una distancia interpersonal inferior a los dos metros recomendados.
