15. PISCINAS COMUNITARIAS: Tareas y Responsabilidades de un Socorrista

Cada año surgen dudas del alcance de las tareas de un socorrista en una piscina comunitaria y a veces se confunden los términos. A continuación se realiza un resumen que esperamos deje algo de claridad donde no es sólo lo que deben hacer sino lo que no deben hacer.

Tareas y Responsabilidades de un Socorrista en la Comunidad de Madrid

En la Comunidad de Madrid, contar con un socorrista en las instalaciones de una comunidad de propietarios no solo es una medida de seguridad esencial, sino también una obligación según la normativa vigente. Este artículo está destinado a informar a los vecinos de un edificio sobre las responsabilidades y tareas específicas de un socorrista, asegurando así un entorno seguro y conforme a la ley.

Normativa sobre Socorristas en Comunidades de Propietarios

La presencia de socorristas en piscinas comunitarias está regulada por Decreto 80/1998, de 14 de mayo, que establece las condiciones de seguridad, higiene y funcionamiento de las instalaciones acuáticas de uso colectivo. Según esta normativa, es obligatorio disponer de un socorrista hasta 500 metros cuadrados de lámina de agua. Para más detalles sobre esta normativa, puedes consultar en el siguiente enlace de la comunidad de Madrid.

Las piscinas de uso colectivo de Comunidades de Vecinos de hasta un máximo de 30 viviendas, están exentas del cumplimiento de los requisitos establecidos en los capítulos IV, VI, VII y del artículo 24 en sus apartados 2, 3 y 4 del capítulo VIII.

Tareas y Responsabilidades del Socorrista

  1. No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado o siendo relevado por otro técnico de salvamento, pero siempre comunicándolo al encargado nombrado por la empresa.
  2. Cumplirá con los horarios establecidos de apertura, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación.
  3. Paso del limpiafondos y limpieza de pediluvios, cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación.
  4. Limpieza de la superficie con material adecuado cuando lo requieran las instalaciones y según el criterio del encargado de la instalación.
  5. No podrá realizar durante las horas de baño otra labor que no sea la de sus funciones de técnico de salvamento.
  6. Vigilar, controlar y atender a todo bañista que requiera sus servicios.
  7. No abandonar el puesto de vigilancia en caso de inclemencias meteorológicas sin permiso expreso de la persona con la autoridad suficiente.
  8. Tener en conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marca la Ley sobre el reglamento de piscinas.
  9. Llevar en todo momento de su trabajo un distintivo que los acredite como tal.
  10. Realizar la correspondiente toma de muestra de agua del vaso de la piscina, siendo anotadas en el correspondiente libro de registro Sanitario, facilitado por la empresa, dejando el libro de registro Sanitario en la instalación.
  11. Mantener ordenado y en perfecto orden el cuarto de botiquín, así como, cuidar el maletín de primeros auxilios y el estuche analizador del control de agua, facilitado por la empresa.

No sólo hay que detallar las tareas propias de su convenio sino resaltar lo que no deben de hacer, son técnicos de salvamento y es la tarea principal en las horas de baño. No son controladores de acceso que validen carnets, pulseras identificativas o cualquier sistema similar, son técnicos de salvamento.

Conclusión

Para la comunidad de propietarios, conocer las tareas y responsabilidades de un socorrista es fundamental para garantizar la seguridad y el cumplimiento de la normativa en la Comunidad autónoma que residas. La presencia de un socorrista no solo es un requerimiento legal, sino una medida de protección crucial que beneficia a todos los vecinos.

Si tienes alguna pregunta sobre la normativa o las funciones del socorrista, no dudes en contactar con nosotros en Gesahbox.

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